Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Una orden de 14 de diciembre de 2.011, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía establece el inicio de la actividad del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, creado a través del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, de la misma Consejería.         

 Este Tribunal será competente, en vía administrativa, para conocer de recursos suscitados a raíz de contratos del Sector Público con la Junta de Andalucía y Entidades Instrumentales de la misma que ostenten la condición de poderes adjudicadores. Conocerá de los siguientes asuntos:

 

–       Recursos Especiales y Cuestiones de Nulidad de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público; artículos 310 y siguientes.

–       Reclamaciones en procedimientos de adjudicación (artículos 101 y siguientes) de la misma ley, en materia de agua, energía, transporte y servicios postales y sobre cuestiones de nulidad de su artículo 109.

–       Recursos en materia de contratos de Seguridad Pública al amparo de la Ley 24/2011, de 1 de agosto, artículos 56 y 59.

–       Decidir sobre medidas provisionales o cautelares de relacionadas con lo enumerado anteriormente